El robo de identidad de personas se ha convertido en el delito que más ha crecido en México en los últimos tres años, y a pesar de la cultura de prevención que se disemina entre la población sus números siguen al alza. Cifras de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) muestran que en 2011 se contabilizaron 12, 459 quejas por posible robo de identidad y para el cierre de 2015 se calcula que rebasó los 60,000 casos, es decir, casi cinco veces más.
Según datos del Banco de México, nuestro país ocupa el octavo lugar a nivel mundial en este delito; en un 67% de los casos, el robo de identidad se da por la pérdida de documentos, 63% por el robo de carteras y portafolios, y 53% por información tomada directamente de una tarjeta bancaria.
La identidad la constituyen los datos personales: nombre, teléfono, domicilio, fotografías, huellas dactilares, números de licencia y de seguridad social, incluyendo información financiera o médica, así como cualquier otra información que permita identificar a una persona.
De acuerdo con el Maestro Rodolfo Romero Flores, profesor de Informática Jurídica de la UNAM y experto en usurpación de identidad, existe una nueva modalidad de robo que está en aumento en EE.UU. y que se prevé pronto llegará a México. Se trata del robo de identidad tributaria. En este delito, una persona se hace pasar por un contribuyente, hace una declaración, solicita un saldo a favor y lo cobra. Sólo es necesario tener el número de seguridad social.
Comúnmente, el delito de robo de identidad se usa de manera ilegal para abrir cuentas de crédito, contratar líneas telefónicas, seguros de vida, realizar compras e incluso, en algunos casos, para el cobro de seguros de salud, vida y pensiones. De ahí que este delito tenga afectaciones no sólo en el historial crediticio de las víctimas, sino también en la parte fiscal, al poder fincarles a las víctimas créditos fiscales y problemas penales, ya que son abiertas cuentas de depósito en dónde se realizan transferencias que son empleadas para lavado de dinero.
Sin embargo, a pesar del estado de alerta, México no cuenta con una legislación federal para sancionar el delito de suplantación de identidad.
De acuerdo con el Maestro Rodolfo Romero Flores, profesor de Informática Jurídica de la UNAM y experto en usurpación de identidad, existen tres aspectos que se pueden destacar de este delito en el caso mexicano: el correctivo, el preventivo y el reactivo:
Correctivo
En el caso del correctivo, es necesario apuntar que varias organizaciones se hacen cargo de sancionar el robo de identidad. Esto se podría evitar si se realizara un Centro para Atención de personas víctimas de suplantación de identidad.
Preventivo
El tema clave en materia preventiva es la protección de datos. Deben existir más políticas públicas que sirvan para generar conciencia al ciudadano sobre el cuidado de sus datos personales, sobre todo los financieros.
Existen malos manejos de información y esto nos expone. Hay que fortalecer los estándares en materia informática y en materia de bases de datos.
Se aconseja nunca hablar de datos personales con personas que no conozcamos. Menos si es vía internet o telefónica. Hay que hacer conciencia de la vulnerabilidad que tenemos.
Reactivo
Actualmente no existe legislación sobre la usurpación de identidad. No es delito grave, de hecho sólo cuatro estados tienen legislación sobre el tema.
Se recomienda contratar pólizas de seguro contra suplantación de identidad, que ya operan en el mercado.
Otras propuestas es tener una legislación substantiva y homologada. Asistencia a víctimas. Otorgar y favorecer pólizas de seguro contra este delito y la posibilidad de presentar quejas ante una instancia gubernamental.
Por su parte, el presidente de la Asociación de Bancos de México, Luis Robles Miaja, ha comentado que la manera definitiva de atajar el problema de robo de identidad es implementar en el país la cédula nacional de identidad con registros biométricos.
“Sé que la cédula de identidad nacional con registros biométricos es un tema políticamente sensible que tiene implicaciones no sólo políticas sino interinstitucionales, y que ha generado debate entre las propias instituciones del Estado mexicano”, reconoció el representante de la banca.
La credencial para votar con fotografía es el documento que, en cumplimiento de la ley electoral, no tiene otro uso, y por lo tanto nadie puede retenerla. De acuerdo con Ignacio Ruelas Olvera, delegado del Instituto Nacional Electoral, los ciudadanos pueden identificarse con la credencial de elector para que se les permita el acceso a cotos, cerradas y fraccionamientos residenciales, por ejemplo, pero no tienen la obligación de entregarla aunque sea por un breve lapso, ya que su retención está concebida como un delito penal al tratarse de instrumentos democráticos.
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